LA PAR CONDICIO CREDITORUM EN LA JURISPRUDENCIA CONCURSAL COLOMBIANA. ¿PRINCIPIO O REGLÁ ANÁLISIS DE ALGUNAS PROVIDENCIAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
The Par Condicio Creditorum in Colombian bankruptcy jurisprudence. Principle or rulé Analysis of two orders of the Superintendence of Companies
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A través del presente trabajo se estudiará si en la jurisprudencia concursal colombiana la par condicio creditorum ha recibido el trato de principio o más bien de regla. Así, se empezará revisando los conceptos de “principio” y “regla” en la teoría de la argumentación jurídica de Robert Alexy. Luego, y después de haber estudiado la noción, finalidad y evolución histórica del Derecho Concursal, se hará una exposición de las distintas soluciones que históricamente se han ofrecido al problema que se presenta cuando sobre el patrimonio de un mismo deudor concurre más de un acreedor, para así acercarse a la noción de par condicio creditorum, y poder determinar si la misma, en la jurisprudencia reciente de la Superintendencia de Sociedades, ha recibido el tratamiento de principio o de regla y las consecuencias que de tal conclusión se derivan.
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- Colombia, Superintendencia de Sociedades, auto 405-007244 de 10 de junio de 2008. Sujeto del proceso: Recursos Gráficos Integrales S.A.
- Colombia, Superintendencia de Sociedades, auto 400-000875 del 20 de enero de 2016. Sujeto del proceso: Colregistros SAS.
- Colombia, Superintendencia de Sociedades, auto 400-008463 del 11 de mayo de 2017. Sujeto del proceso: Productos Químicos Panamericanos S.A.
- Colombia, Superintendencia de Sociedades, auto 400-013437 del 9 de octubre de 2018. Sujeto del proceso: Promotora de Construcciones Inmobiliarias SAS. Colombia, Superintendencia de Sociedades, sentencia del 5 de abril de 2004. Proceso verbal sumario de Edgar José Namén Ayub contra Autos Marca Ltda., y Financiera Mazdacrédito, Compañía de Financiamiento Comercial
- Colombia, Superintendencia de Sociedades, sentencia 480-000069 de junio 17 de 2015. Demandante: Pablo Muñoz Gómez, liquidador de MNV S.A., en liquidación judicial. Demandados: Vergel & Castellanos S.A. y otros.