POSITIVISMO, DERECHO Y JUSTICIA EN LA CONSTITUCIÓN COLOMBIANA DE 1991
POSITIVISMO, DERECHO Y JUSTICIA EN LA CONSTITUCIÓN COLOMBIANA DE 1991
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El ordenamiento jurídico colombiano se halla erigido sobre la primacía de la
Constitución política, de conformidad con los planteamientos del llamado positivismo jurídico, cuyo máximo exponente fue Hans Kelsen, en donde las demás
normas (Leyes, Decretos, ordenanzas, etc.), se hallan en un ordenamiento
piramidal que le da su validez formal.
Sin embargo, a partir de nuevos desarrollos teóricos y jurídicos en el orden internacional, la Corte Constitucional y el operador jurídico realizan un control abstracto y material sobre la subordinación formal y sobre los contenidos sustantivosde las normas, excluyéndolas del orden legal o inaplicándolas cuando presuponenque desconocen la norma fundante o van contra el deber ser –formal y material-del orden constitucional o supraconstitucional. Es decir, las normas intern as
del Estado colombiano no pueden desconocer el ordenamiento constitucional y
convencional como norma internacional vinculante so pena de ser excluidos del
orden legal. Lo anterior no resulta suficiente para que el ordenamiento jurídico y
su aplicación por los operadores judiciales y administrativos transforme la realidad
social objeto material del paradigma constitucional.
De conformidad con lo anterior, se aborda el estudio de la normatividad colombianaconfrontándola con el ordenamiento jurídico internacional, la validez dela norma positiva y alcance que los operadores judiciales le dan a través de la
hermenéutica y aplicación efectiva en la solución de los problemas sociales,
resaltando las limitaciones que el orden jurídico en sí contiene para transformar
la realidad social.
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