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INTERPRETACIÓN DOCTRINAL, INTERAMERICANA Y CONSTITUCIONAL SOBRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LA LIBERTAD DE PRENSA. PERSPECTIVAS Y FALENCIAS DE UN DERECHO FUNDAMENTAL

INTERPRETACIÓN DOCTRINAL, INTERAMERICANA Y CONSTITUCIONAL SOBRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LA LIBERTAD DE PRENSA. PERSPECTIVAS Y FALENCIAS DE UN DERECHO FUNDAMENTAL



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Artículos

How to Cite
Fajardo Arturo, L. A. (2015). INTERPRETACIÓN DOCTRINAL, INTERAMERICANA Y CONSTITUCIONAL SOBRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LA LIBERTAD DE PRENSA. PERSPECTIVAS Y FALENCIAS DE UN DERECHO FUNDAMENTAL. The Republican Journal, 3. https://ojs.urepublicana.edu.co/index.php/revistarepublicana/article/view/143

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PlumX
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Atribución/Reconocimiento 4.0 Internacional
Luis Andrés Fajardo Arturo

    Luis Andrés Fajardo Arturo,

    Abogado de la Universidad Sergio Arboleda, DSU en Derecho Internacional Público Universidad París II, CEJ del Instituto de Altos Estudios Internacionales de París II, Especialista en Derechos Humanos Universidad Alcalá de Henares, Docente Investigador Universidades Sergio Arboleda y Corporación Universitaria Republicana.

    El derecho a la libertad de expresión es abordado por la jurisprudencia y la doctrina comparada, principalmente, desde dos perspectivas: la primera lo analiza y asume como una libertad a ultranza frente a la cual el Estado debe estar completamente limitado; la segunda lo analiza como un derecho deber, que necesita la intervención del Estado para garantizar la equidad en la información y en el respeto de los derechos de terceros. El continente americano, tanto a nivel de derechos nacionales, como al nivel del sistema interamericano de derechos humanos, opta por una protección a ultranza de la libertad, prohibiendo la censura previa y enalteciendo el valor de la prensa como elemento fundamental de la democracia. Sin embargo, esta visión del derecho a la libertad de expresión, que es recogida por la Corte Constitucional colombiana, no se refleja en las políticas o programas públicos, pues no existe impulso alguno para el ejercicio de este derecho y, su garantía, se limita a la protección del derecho a la vida de los periodistas amenazados, sin que, ni a nivel escolar, ni a nivel social, exista un fomento efectivo para que los ciudadanos ejerzan eficazmente su derecho a la libertad de expresión

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